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Derechos Animales

Propuestas de construcción de políticas púbicas de protección de los animales urbanos de Tarragona y término municipal

Introducción.

Si los humanos nos consideramos agentes morales y consideramos, además, que también lo son los animales, aunque no se puedan defender por sí mismos, tenemos el deber de asumir la responsabilidad de protegerlos.
Y para defenderlos, hay que construir un nuevo modelo, posible y necesario, que conlleve un sistema de crecimiento basado en el principio de respeto a todos los seres con capacidad de sentir, para lograr así, un equilibrio basado en una sencilla e incuestionable premisa : si un ser tiene capacidad para sentir miedo, felicidad o tristeza, no existe justificación para negarle sus derechos.

Estos derechos presentan una perspectiva innovadora: ampliar a otras especies la categoría de Sujeto de Derecho, exclusiva hasta ahora del ser humano. Por lo tanto, resulta ineludible, que los animales tengan reconocidos derechos básicos, como el derecho a la vida, a la seguridad, a la protección frente al maltrato físico y psicológico, y la libertad individual.

El conocimiento y la definición de los animales domésticos (de compañía o bien urbanos), debe ir más allá de la consideración al uso para evitar que sean considerados objetos lúdicos y desechables.

Las medidas de protección de estos animales es necesario que se fundamenten en base a seis pilares:
Esterilización, desmotivación de la compra, fomento de la adopción, sanción, sensibilización y educación.

Desde Tarragona en Común, nos coordinamos y asesoramos mediante diferentes asociaciones para la defensa de los derechos de los animales para hacer hincapié sobre la necesidad urgente que tenemos como sociedad de tomar decisiones para un mejor progreso moral y legislativo.

Y así, de este modo, poder solucionar una de las lacras más grandes sobre la protección de los animales en Tarragona: la incomprensible gestión de los centros de recogida y acogida de animales urbanos.


Propuestas:

  • La creación de un protocolo de gestión de centros de recogida y acogida de animales urbanos, y que éste, sea de obligado cumplimiento para todos los centros de Tarragona y su término municipal.

  • Creación de una Ordenanza Municipal específica sobre Protección Animal

  • Implantación efectiva del Proyecto sobre colonias felinas.

  • Creación de un centro público de adopciones felinas y caninas con convenios de colaboración con las entidades animalistas

  • Creación de un registro municipal de maltratadores de animales. Las personas incluidas quedarán incapacitadas para tener bajo su responsabilidad a cualquier animal vivo

  • Creación de un carné de adoptando. Derechos y deberes, formación en su cuidado y características y primeros auxilios
    Medidas sociales de ayuda a los animales y sus responsables legales: creación de una Unidad Móvil de Esterilización (UME); creación de un servicio veterinario público para las personas con carné de adoptando

  • Programas de políticas públicas de protección animal.

  • Programas educativos complementarios sobre el respeto y convivencia con el resto de animales.

  • Programas de formación obligatoria para aquellas personas y / o centros responsables de animales.

  • Proyectos públicos para fomentar las adopciones, en detrimento de la compra venta. La creación de establecimientos públicos de adopciones.

  • Programa de regulación y limitación de la compraventa de animales de compañía. Incentivos fiscales y ayudas para los comercios que formen parte de la red social del carné de adoptando

  • Programa de control de la caza con perros.

  • Programa de recuperación para animales rescatados.

  • Creación de la figura legal del defensor del animal urbano. Proveniente de una entidad animalista, con formación en Derecho y solvencia en la defensa de los derechos de los animales, con capacidad para registrar las infracciones recogidas en la ordenanza municipal y sancionarlas con la colaboración de las autoridades competentes

  • Creación de un grupo especializado de policía de protección animal dentro de las fuerzas de seguridad municipal, con formación especializada y específica para poder hacer frente a los casos de maltrato animal

  • Control ético de la población de palomas. Instalación de palomares ecológicos como alternativa a las actuales matanzas.

    Reservar espacios en las playas para animales

  • Poder acceder con animales a los transportes públicos de la EMT, espacios públicos de la administración e incentivar a los establecimientos privados

  • Instalación de más papeleras en la ciudad para que los responsables de animales no tengan que recorrer grandes distancias para depositar los excrementos. Efecto disuasorio para el incivismo y la suciedad urbana

  • Las personas con riesgo de exclusión social y las mujeres maltratadas, o las personas que viven en residencias para la tercera edad no podrán ser discriminadas en los centros para hacerse acompañar por un animal. Creación de un espacio con pienso, agua y una superficie limpia. Se deberán habilitar estos espacios en todos los centros sociales referidos a las políticas públicas de bienestar social

  • Difusión pública de alternativas alimenticias éticas y respetuosas con los animales. Que en todos los comedores educativos públicos se contemplen las diferentes opciones alimentarias existentes en nuestra sociedad. Promoción del veganismo según los dictámenes de la ONU y la FAO

  • Reconversión de las paradas que venden animales vivos en los mercados que se instalan en el término municipal. Prohibición de la venta de animales en la vía pública, tal y como dicta el Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.

  • Prohibición del uso de animales en espectáculos, sean tradicionales o no, o atracciones en el término municipal

  • Prohibición del transporte de animales vivos desde el Puerto de Tarragona con destino al norte de África

  • Creación de un cuerpo civil de agentes de control que garantice el cumplimiento estricto del Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales, sin excepción.

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